SANTO DOMINGO, Rep. Dom.- De esa manera, la alta corte declara inadmisible el recurso de amparo interpuesto por las Administradoras de Riesgo de Salud (ARS) Humano, La Colonial, La Monumental, Meta Salud, Futuro y Renacer que se oponen a que los empleados públicos, descentralizados y autónomos sean afiliados a la aseguradora del Estado.
Están excluidos los empleados que formen parte de gremios que tengan ARS autogestionada, quienes tienen la opción de elegir entre éstas o Senasa, los que están pendientes de una solicitud de afiliación en otra ARS, a los que no se les ha vencido el tiempo reglamentario de cotización y los que mantienen un tratamiento por una enfermedad catastrófica.
El superintendente de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), Pedro Luis Castellanos, saludó la decisión del tribunal y dijo que conviene hacer los cambios de forma paulatina, teniendo en cuenta la situación de cada afiliado.
De su lado, el presidente de la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (Adars), José Manuel Vargas, dijo que darán a conocer su posición sobre la sentencia cuando ésta le sea notificada, porque, aunque está en el portal electrónico del tribunal, prefieren tenerla en físico, estudiarla y luego opinar.
No obstante, adelantó que hay aspectos legales, como la libre elección y la Ley de la Libre Competencia, que contradice el artículo 31 de la Ley de Seguridad Social que fue derogado por una sentencia del Tribunal Superior Administrativo, que adquirió el estatus de las cosas irrevocablemente juzgadas.
“Pero somos respetuosos de las decisiones legales y esperaremos para ver sus argumentos”, dijo Vargas.